Apertura de temporada de piscinas de uso colectivo 2025
Apertura de temporada de piscinas de uso colectivo 2025
Plazos
Desde el 23 may. 2025 hasta el 30 jun. 2025.INFORMACIÓN SOBRE LA APERTURA DE LAS PISCINAS DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LA TEMPORADA 2025
El Servicio de Salud Pública del Ayuntamiento de Fuenlabrada desarrollará durante los meses de verano el Programa de Vigilancia y Control de aguas recreativas del municipio. El objetivo de este programa es asegurar la calidad higiénico-sanitaria de las piscinas y reducir los riesgos asociados al uso y disfrute de estas instalaciones.
Para cumplir este objetivo es fundamental la educación de los usuarios y que los titulares de las instalaciones (presidentes de las comunidades de propietarios en su caso) conozcan su responsabilidad en el correcto mantenimiento y uso de las piscinas.
La normativa sanitaria de piscinas en el municipio de Fuenlabrada es:
- Real Decreto 742/2013, de 27 septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
- Decreto 99/2024, de 30 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios técnicos e higiénico-sanitarios de las piscinas y parques acuáticos de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias, técnicas y de seguridad de las piscinas.
Para tramitar la comunicación de apertura de temporada de piscinas de uso colectivo en el año 2025, los titulares de las instalaciones deberán presentar, al menos 15 días antes de la fecha de apertura y hasta el 30 de junio de 2025, la siguiente documentación:
- Impreso de Comunicación de apertura de temporada de piscinas.
- Declaración responsable del titular de la instalación de que la misma reúne las condiciones establecidas en normativa y datos de la empresa de mantenimiento de la instalación.
- NIF del titular de la instalación, si ésta es de nueva construcción o se han realizado modificaciones constructivas.
- Informes de análisis en laboratorio del control de calidad inicial del agua de cada uno de los vasos. En dicho control inicial, se deberá analizar el desinfectante que haya sido utilizado en el tratamiento, junto con el resto de parámetros establecidos en los Anexos I y II del Real Decreto 742/2013 y del Decreto 99/2024.
La documentación indicada deberá presentarse mediante el apartado de Registro Electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada (necesario certificado electrónico).
La presentación de los documentos requeridos no presupone que la piscina cumpla con todas las condiciones higiénico-sanitarias previstas en la normativa. Para ello es necesario el cumplimiento y vigilancia continuada de las mismas, siendo el titular de la instalación el responsable del correcto uso y mantenimiento de la piscina.
En las instalaciones y a disposición de la inspección sanitaria, deberán contar con la siguiente documentación:
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Contrato y titulación de los socorristas.*
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Contrato y titulación del personal sanitario (médico o enfermero).*
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Protocolo de autocontrol*, con los registros correspondientes, que incluya al menos los siguientes aspectos:
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Tratamiento del agua de cada vaso
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Control del agua (El control de rutina se realizará al menos 2 veces al día, por la mañana antes de abrir las piscinas al público y en la mitad de la franja horaria de apertura de la piscina. Los resultados del control de rutina deberán ser registrados según el modelo que figura en el anexo IV del Decreto 99/2024, o uno equivalente que contenga la misma información.)
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Mantenimiento de la piscina
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Limpieza y desinfección
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Seguridad y buenas prácticas
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Plan de control de plagas
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Gestión de proveedores y servicios.
Por si fuera de interés, la Comunidad de Madrid ha elaborado una Guía de ayuda para el diseño de un Programa de Autocontrol, la cual se puede descargar a través del siguiente enlace: Guía de ayuda para el diseño de un Programa de Autocontrol de piscinas de uso público en la Comunidad de Madrid.
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Informes de análisis en laboratorio del control de calidad periódico del agua de cada uno de los vasos (en la primera quincena de cada mes que permanezcan abiertos).*
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Certificado de tratamiento de desinfección, desinsectación y desratización realizado al comienzo de la temporada por empresa de control de plagas autorizada.
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Fichas técnicas y de seguridad de los productos químicos que se utilicen en el tratamiento del agua.
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Documento que acredite que los kits usados en los controles del agua de la piscina cumplen con la norma UNE-ISO 17381:2012 «Calidad del agua. Selección y aplicación de métodos que utilizan kits de ensayo listos para usar en el análisis del agua» u otra norma o estándar análoga que garantice un nivel de protección de la salud, al menos, equivalente.
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Certificado de revisión de instalaciones eléctricas de la piscina, emitido por técnico autorizado.
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Contrato de teléfono. (En caso de comunidades de propietarios donde no se disponga de teléfono fijo, deberá haber compromiso escrito de disponer, al menos, de un teléfono móvil en el recinto de la piscina.)
*Las piscinas de comunidades de propietarios de hasta un máximo de 30 viviendas quedan excepcionadas de la obligación del cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1, 2, 3 y 4.
Aconsejamos a los titulares de las piscinas que, en el caso de tener que contratar los servicios de una empresa de mantenimiento, se aseguren de que ésta lleve a cabo las tareas necesarias que garanticen las condiciones de salubridad tanto de las instalaciones como del agua, con especial atención a:
- Mantenimiento de la calidad del agua (concentración de desinfectante, pH, lectura de contadores de depuración, ausencia de algas, turbidez…). En el caso de detectarse incumplimientos en el control de rutina, deberá informarse al personal de mantenimiento para que lleve a cabo las acciones correctoras correspondientes.
- Cumplimiento de controles y análisis correspondientes.
- Higiene de la instalación (andén, duchas, pediluvio, etc.).
- Almacenamiento adecuado de productos químicos.
- Presencia, en horario de apertura, de socorristas y de personal sanitario, cuando sea preciso, convenientemente acreditados.
Con el fin de reducir los riesgos de proliferación de insectos que, con su picadura, pueden transmitir enfermedades como la leishmaniasis, solicitamos su colaboración para que se realice un correcto mantenimiento de las instalaciones de su comunidad de propietarios, especialmente:
- Realizando un correcto mantenimiento de las zonas ajardinadas.
- Evitando la acumulación de restos vegetales de poda o siega, eliminando las composteras, evitando la acumulación de escombros.
- Evitando el riego excesivo de las zonas ajardinadas.
- Realizando un correcto mantenimiento de: sótanos sanitarios, instalaciones de piscinas, muros (cerrar huecos o grietas), sistema de alcantarillado interior.
- En caso necesario, realizar tratamientos de desinsectación utilizando los servicios de empresas de control de plagas autorizadas.
Se deberá de informar a este Servicio de Salud Pública de las situaciones de incidencias descritas en el apartado 7 del Anexo V del Real Decreto 742/2013 (ahogamientos, ahogamientos con resultado de muerte, lesiones medulares, traumatismos craneoencefálicos, quemaduras graves, electrocución, intoxicación por productos químicos, etc.), debiéndose adoptar las medidas correctoras y preventivas oportunas.
Se recuerda que las deficiencias higiénico-sanitarias, estructurales o administrativas detectadas en inspecciones realizadas en temporadas anteriores, deberán ser subsanadas antes de la reapertura de la piscina en la nueva temporada.
La ausencia de socorrista acreditado y el mal funcionamiento de los sistemas de depuración y/o desinfección en la instalación conllevarán a la suspensión de la actividad.
Para contactar con el Servicio de Salud Pública del Ayuntamiento de Fuenlabrada pueden hacerlo mediante:
- Correo electrónico: sanidad@ayto-fuenlabrada.es
- Teléfono: 916497022 en horario de 09:00 a 14:00 de lunes a viernes.
- Registro Electrónico de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Si desea ampliar información aconsejamos utilizar el siguiente enlace: comunidad.madrid/servicios/salud/piscinas-parques-acuaticos.