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Tasa por prestación de servicios de gestión de residuos domésticos 2025

Tasas Tasas

La tasa financia los gastos municipales generados por el servicio de gestión de residuos: recogida, transporte, selección, tratamiento y, finalmente, el depósito en el vertedero de la parte de residuos que no puede reciclarse.

Quienes no están sujetos al pago de la tasa de basura

  • Garajes y trasteros de uso catastral residencial (sí de uso catastral industrial)
  • Bienes de naturaleza rústica
  • Bienes de características especiales

Quedan fuera los polígonos industriales , Galerías Comerciales y grandes superficies,  que podrán optar al pago de un precio público gestionado por Medio Ambiente si son receptores del servicio.

Sujeto pasivo y sustituto del contribuyente

¿Quién es el sujeto pasivo? El sujeto pasivo es quien genera el residuo, es decir, el inquilino en caso de una vivienda alquilada. ¿Pero a quién se le girará el recibo? Al propietario, sustituto del contribuyente, que puede coincidir o no con el sujeto pasivo, y que puede repercutir la cuota de la tasa en el sujeto pasivo.

Configuración de la Tasa: ¿cómo se ha creado?

Hay una parte fija, que depende del valor catastral de la vivienda, y una parte variable que dependerá del número de personas empadronadas en la misma.

La parte variable para los inmuebles no residenciales se establece en función del grupo correspondiente por epígrafe de IAE.

Bonificaciones

Para los bienes inmuebles residenciales existe una bonificación del 30% de la cuota, y será necesario que el sujeto pasivo esté inscrito en el Censo elaborado por Medio Ambiente antes del 15/02/2025.

Para los bienes inmuebles no residenciales, la bonificación aplicable es a empresas de distribución alimentaria y de restauración que tengan establecidos sistemas de gestión que reduzcan de forma significativa y verificable los residuos alimentarios en colaboración con entidades de economía social carentes de ánimo de lucro, y será del 15% de la cuota tarifa, con los requisitos que indica la ordenanza.

A partir del 2025, para poder disfrutar de las bonificaciones en ejercicios posteriores, éstas habrá que solicitarlas antes del 31/12.

Calendario, periodo voluntario de pago:

Del 1 de junio al 31 de julio

Normativa:

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