Solicitud fraccionamiento de pago de deudas tributarias
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Sugerencias y reclamaciones
Solicitud fraccionamiento de pago de deudas tributarias
¿Qué es?
Una herramienta para resolver dificultades económicas transitorias y ocasionales, pagando la deuda en varios plazos.
En periodo voluntario
Cuándo pedirlo: antes de que termine el plazo de pago en voluntaria.
Si lo solicitas a tiempo, no se inicia el procedimiento de apremio mientras se resuelve.
En vía ejecutiva
Cuándo pedirlo: Con anterioridad a la notificación del acuerdo de enajenación de los bienes embargados.
¿Cuántas cuotas puedes pedir?
Hasta 150 € → cuota mínima 40 €
De 150,01 € a 600 € → cuota mínima 60 €
Más de 600 € → hasta 12 mensualidades
Las cuotas devengan intereses de demora.
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Solicitud Plan Personalizado de Pago
Documentación necesaria
1. Impreso de solicitud de fraccionamiento, cumplimentado y firmado.
2. Titularidad de la cuenta bancaria: certificado de titularidad bancaria reciente donde conste el IBAN.
3. Representación (solo si actúa un representante): escrituras, poderes u otro documento acreditativo.
4. Justificación de dificultades económicas — aporta al menos uno:
Declaración de la renta del último ejercicio
Última nómina
Certificado de pensión de jubilación
Certificado de prestación por desempleo
Informe de Servicios Sociales
Declaraciones tributarias recientes (IVA, Sociedades)
5. Deudas ya en ejecutiva: si tienes otras deudas en vía de apremio, deben incluirse en la solicitud o estar pagadas; si no, se deniega.
Garantías
Deuda inferior a 18.000 € → con carácter general, no se exige garantía.
Si incumpliste un fraccionamiento anterior → se exige garantía siempre, sea cual sea el importe.
Garantía habitual: aval bancario o certificado de seguro de caución (debe cubrir el principal + intereses + 25 % adicional).
Si no puedes conseguir aval: informe justificativo de las gestiones hechas, negativa de al menos 3 entidades financieras/aseguradoras, y valoración de un bien alternativo por profesional especializado.
Lugares de presentación de la solicitud
Oficina Virtual Tributaria (OVT): otaf.ayto-fuenlabrada.es
Sede Electrónica del Ayuntamiento: sede.ayto-fuenlabrada.es
Presencialmente en la OTAF, con cita previa Registro General del Ayuntamiento (presencial o telemático)
Cualquier otro registro de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (por ejemplo, registro de otra Administración Pública)