Exención IVTM-impuesto de vehículos por minusvalía
Objeto y descripción:Solicitar exención de pago en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para personas de movilidad reducida o matriculado a nombre de minusválido para uso exclusivo, cumpliendo los requisitos exigidos.
Cómo y dónde tramitar:Con la documentación necesaria y el
impreso (pdf) cumplimentado (por duplicado).
Por correo postal: Dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Plaza de la Constitución, nº1, 28943, Fuenlabrada).
Presencial: En las oficinas de Atención Ciudadana , desde el 1 de enero hasta un mes después del último día de cobro en voluntario , o mediante las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Lugares y horarios para realizar el trámite:
- Horarios de atención al público: lunes a viernes de 8.30-13.30 h. en Pza. Constitución,1.
Más información:
Es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Tener el vehiculo matriculado a nombre de la persona minusválida para su uso exclusivo, conducido por ellos o destinado a su transporte. No resultará aplicable a los sujetos pasivos beneficiarios por más de un vehículo simultáneamente
- Cumplir la condición legal del grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debidamente acreditado.
Documentación necesaria:
- Hoja de Solicitud (pdf) (por duplicado)
- Fotocopia del Permiso de Circulación
- Fotocopia Condición de Minusválido
- Fotocopia ficha técnica (si el vehiculo ha sido adquirido hace menos de un mes)
Marco legal del trámite
1º Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
2º Real Decreto 2/2004 de 5 de Marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
3º Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre de 2003
4º Ley 30/1992 de 26 noviembre de Régimen Jurídico de Las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5º Ordenanza fiscal nº 2 (pdf)