Cómo y dónde tramitar:
Con la documentación necesaria.
Internet: A través del Portal Ciudadano , para ello deberá registrarse como usuario. Para más información póngase en contacto con nosotros en el número 91 649 70 10 ó 010.
Presencial:
- En las oficinas de atención ciudadana.
Lugares y horarios para realizar el trámite:
- Para españoles: DNI, Pasaporte o Permiso de Conducir.
- Para extranjeros comunitarios: Tarjeta de residencia, Pasaporte y solicitud de NIE, documento de identidad del país de origen o Permiso de Conducir expedido en España.
- Para extranjeros no comunitarios: Tarjeta de Residencia, Pasaporte o Permiso de conducir expedido en España.
- Para menores de edad: Sólo se facilitará a mayores de edad con un documento original (según los criterios anteriores) de alguna persona mayor de edad empadronada con el menor.
Marco legal del trámite:
1º Ley 4/1996 de10 de enero por la que se modifica la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal.
2º Real Decreto 2612/1996 de 2 de diciembre por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.
3º Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.